Los pasajeros que pretendan viajar con animales de apoyo emocional y/o servicio deberán:
- Comunicarse con el personal de reservaciones de RUTACA Airlines con al menos 48 horas con antelación al vuelo para coordinar el servicio especial que va a requerir su condición y que notificar que tipo de animal pretende llevar.
- Presentar al personal de reservaciones de RUTACA Airlines cualquiera de los siguientes documentos:
- Carnet emitido por el Consejo Nacional para las personas con discapacidad (CONAPDIS).
- Informe médico y/o psicológico que certifique la condición de discapacidad del pasajero. Este documento estará firmado por un profesional de la salud debidamente titulado y colegiado en la rama de la medicina que atienda la discapacidad que presenta el pasajero. La validez del certificado debe contar con una validez mínima de seis meses contados a partir de la fecha de su emisión.
- Certificado que demuestra que el animal de servicio y/o apoyo emocional ha sido entrenado para cumplir su función.
- Documentación exigida por la Regulación Aeronáutica Venezolana 113 (RAV) 113 y las disposiciones del Instituto Nacional de Salud Agrícola integral (INSAI), estos documentos deben ser presentado en original al momento del chequeo del pasajero a los efectos de su verificación:
• Certificado de vacunación.
• Certificado de vacunación contra la rabia.
• Certificado de inspección zoosanitaria expedido por el INSAI.
• Permiso de importación o exportación según sea aplicable.
• Requisitos exigidos por los países de destino en caso de viajes al exterior.
• Certificado de Salud emitido por un médico veterinario colegiado.
Restricciones
- RUTACA Airlines no está obligada a transportar animales de servicio y/o de apoyo emocional que por sus características tales como mal olor, ruidos, comportamiento agresivo u otras que representen un peligro o incomodidad para la tripulación y/o los pasajeros.
- RUTACA Airlines tampoco está obligada a transportar animales de servicio y/o de apoyo emocional cuya documentación requerida, no sea presentada al personal de reservaciones y/o de atención al pasajero en el aeropuerto
- RUTACA Airlines no transporta animales de apoyo emocional y/o de servicio con pesos superiores a 40 kilogramos.
- RUTACA Airlines no transporta perros de apoyo emocional y/ o de servicio cuya raza sea normalmente usada como perros guardianes, perros policía de intervención, perros militares ni perros de ataque. Se hace referencia a continuación algunas razas
• Pitbull terrier americano
• Rottweiler
• Malinois
• Dóberman
• Stafford terrier
• Presa canario
• Bullterrier
• Fila brasilero
• Bulldog inglés.
- RUTACA Airlines se reserva el derecho de aceptar otras razas que, eventualmente, puedan ser peligrosas y se pretenda transportar como perros de apoyo emocional.
- Los documentos contemplados en 3. Normas para el transporte de animales de apoyo emocional y/o de servicio RUTACA Airlines transporta un máximo de dos (02) de animales de apoyo emocional y/o de servicio en cada vuelo.
- Los animales de apoyo emocional y/o de servicio deben viajar con bozal.
- Los pasajeros que pretendan viajar con de animales de apoyo emocional y/o de servicio deberán ser ubicados en filas donde puedan estar solos, salvo las asignadas para RUTACA Plus, las filas de salidas de emergencia y las filas reservadas para pasajeros con necesidades especiales.
- Los pasajeros que pretendan viajar con animales de apoyo emocional y/o servicio deberán presentarse en el aeropuerto con por lo menos tres horas antes de la salida del vuelo para completar los trámites exigidos por las oficinas del Instituto Nacional de Salud Agrícola integral (INSAI) en las diferentes terminales aéreas del país.